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Justificar tu voto si estás en el exterior

Este domingo 13 de agosto hay elecciones en Argentina. Quienes se encuentren en el exterior pero en su DNI figure el domicilio de Argentina, deberán justificar el no haber votado tanto en las Paso como las elecciones de octubre de 2017.

Con relación a estas Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) la Cámara Nacional Electoral mediante Oficio Nro. 5673 ha dispuesto lo siguiente:

1) SOLICITUD DE JUSTIFICACIÓN ONLINE

a. Los electores que no hayan sufragado y se encuentren incursos en alguna de las causales del art. 12 del Código Electoral Nacional, podrán solicitar la justificación de manera online, sin necesidad de concurrir a la Oficina Consular, a través de la página web http://infractores.padron.gov.ar, a partir del mismo día de las elecciones.

b. Para ello, los ciudadanos deberán acceder a la opción “Acceso Público” (que se encontrará disponible a partir del 13 de agosto), ingresar su número de DNI, sexo y distrito y completar el código de verificación solicitado por el sistema. Ingresando en el botón Justificar, deben seleccionar la causal correspondiente, en este caso “Distancia mayor a 500km” (o hallarse fuera del territorio de la República Argentina). Luego deberán adjuntar la documentación que acredite el motivo que invocan (imagen de certificación policial, pasaporte sellado, etc.) e informar un teléfono y un correo electrónico.

c. En un plazo aproximado de 48 hs. luego de realizada la solicitud, la Cámara Nacional Electoral enviará a la dirección de correo electrónico proporcionada la constancia de trámite, consignando el cambio de estado en el Registro de Infractores al deber de votar.

2) SOLICITUD DE JUSTIFICACIÓN EN LA EMBAJADA

De manera presencial, se puede justificar la no emisón del voto en la Sección Consular de la Embajada a partir del día Lunes 14 de agosto de 2017 en el horario de atención al público de Lunes a Viernes de 9.30 am a 1.30 pm.

 Acá pueden encontrar el instructivo para justificar el no voto en el exterior.

Recuerden que el plazo para la justificación de no emisión de voto en cada caso es de 60 días desde la fecha de los comicios. Eviten multas.

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